Congreso despacha ley que bloquea pensión a condenados por VIF

Por Margarita Hencke  |  Publicado el Martes 5 de mayo de 2026  |  El Vigilante  ·  1 min de lectura
Congreso despacha ley que bloquea pensión a condenados por VIF

Lead directo. La Cámara de Diputadas y Diputados despachó a ley el proyecto que impide que personas condenadas por violencia intrafamiliar cobren la pensión de sobrevivencia de sus víctimas, cerrando así la tramitación de una reforma que busca evitar ese aprovechamiento económico.

La iniciativa establece una inhabilidad para acceder a este beneficio previsional cuando exista una condena por delitos de violencia intrafamiliar respecto de la persona fallecida que origina la pensión. Con el trámite de este martes, el texto queda en condiciones de pasar a promulgación.

El cambio apunta a uno de los vacíos más sensibles del sistema: que un agresor pudiera terminar recibiendo una prestación económica asociada a la muerte de la propia víctima. Ese flanco había sido cuestionado por parlamentarios y organizaciones por la contradicción entre la condena penal y el acceso posterior a un beneficio patrimonial.

En términos prácticos, la norma incorpora el antecedente penal como causal directa de exclusión para la pensión de sobrevivencia. Con eso, el sistema previsional deja de tratar estos casos como si fueran relaciones familiares neutras.

Qué cambia con el proyecto

La reforma alinea la lógica previsional con un criterio básico de justicia material: una condena por violencia intrafamiliar contra la persona fallecida impedirá cobrar la pensión generada por esa víctima.

El Senado ya había respaldado la iniciativa en abril y la Cámara cerró ahora su tramitación. El efecto político del despacho es claro: el Congreso optó por cerrar un vacío legal que permitía la convivencia entre violencia acreditada judicialmente y beneficio económico.

Fuentes: Senado de Chile, tramitación del proyecto Boletín 17724-34 y despacho legislativo informado el 5 de mayo de 2026.


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