Suprema fija criterio laboral: empresa pagará $10 millones por accidente
La Corte Suprema confirmó que la indemnización civil por un accidente laboral no depende de una condena previa en sede penal y condenó a una empresa a pagar $10 millones por daño moral a un trabajador lesionado.
La decisión quedó contenida en la causa rol 55.279-2024, en la que la Tercera Sala revocó un fallo de la Corte de Apelaciones de Temuco y restableció la sentencia del Juzgado de Letras de Padre Las Casas contra Servicios de Maestranza Silva Limitada.
Según informó el Poder Judicial, el trabajador sufrió un accidente en enero de 2022 cuando realizaba labores de soldadura al interior de un cilindro metálico. La explosión lo dejó con lesiones graves y secuelas permanentes.
El punto central del fallo fue jurídico. La Suprema sostuvo que la responsabilidad civil del empleador por infracción a su deber de seguridad puede establecerse en sede laboral, aunque no exista una condena penal firme por cuasidelito. Con eso, rechazó el argumento que había usado la corte de alzada para dejar sin efecto la indemnización.
El máximo tribunal concluyó que la empresa incumplió su obligación de proteger eficazmente la vida y salud del trabajador, un deber que la legislación laboral impone de manera directa al empleador.
Más allá del caso concreto, el fallo fija un criterio relevante para futuros litigios por accidentes del trabajo: la reparación del daño moral no queda supeditada a lo que ocurra en un proceso penal separado.
Fuente: Poder Judicial, causa rol 55.279-2024 (2026)