La reforma notarial entró en vigencia: notarios y conservadores se elegirán por concurso público
La Ley N° 21.772 comenzó a regir este jueves 2 de abril y reformó uno de los puntos más cuestionados del sistema: los nombramientos de notarios, conservadores, archiveros y oficios mixtos salen del esquema anterior y pasan a concursos públicos a cargo de la Dirección Nacional del Servicio Civil y el Consejo de Alta Dirección Pública.
La propia plataforma oficial del Servicio Civil confirmó la entrada en vigencia y precisó que la ley “eleva los estándares de reclutamiento” para esos cargos. Por ahora no hay convocatorias abiertas, pero el organismo habilitó una sección específica para las futuras aperturas.
El cambio apunta a remover uno de los focos históricos de crítica al sistema: la opacidad en la selección de cargos con alto poder sobre trámites patrimoniales, comerciales y judiciales. Con la reforma, el Servicio Civil pasa a tener un rol técnico en la definición de perfiles y en la conducción de procesos competitivos que, en teoría, deberían reducir la discrecionalidad.
La Ley 21.772 va más allá de los nombramientos. También introduce exigencias de modernización digital —repositorios electrónicos, firma avanzada, copias digitales—, transparencia obligatoria en tarifas y sitios web públicos con información del servicio, un límite de edad de 75 años para quienes ejerzan el cargo, y nuevas atribuciones para fiscales judiciales de la Corte Suprema y las Cortes de Apelaciones.
Las tarifas pasarán a fijarse por decreto del Ministerio de Justicia, con límites máximos revisables cada dos años. Los notarios y conservadores quedarán sujetos además a la Ley del Consumidor, y el SERNAC podrá fiscalizar la calidad del servicio.
Que el portal parta sin concursos abiertos muestra que el cambio normativo comenzó por la estructura institucional, no por una ola inmediata de nombramientos. El dato político, sin embargo, es otro: el sistema de selección de notarios y conservadores —históricamente señalado por su endogamia— ya salió formalmente de su antiguo carril.
Fuente: Dirección Nacional del Servicio Civil, portal oficial “Nuevo sistema registral y notarial”; Biblioteca del Congreso Nacional, Ley N° 21.772.